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Primeras denuncias en Andalucía

Primeras denuncias en Andalucía

02 Abr 2008 21:29
#1
Bueno, no se ha hecho esperar la entrada en vigor de la nueva ley.

Al menos existen ya 4 denuncias en Andalucía por el uso no autorizado de detectores de metales. Curiosamente, dos de ellas han sido en playas, y en algun caso, se ha intervenido el detector de metales.

Habrá que esperar a la resolución de los expedientes y ver en que queda la cosa.

Saludos.

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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

02 Abr 2008 23:35
#2
Lamentablemente para nosotros era de esperar que asi ocurriese ,pero mas lamentable es que todos estemos a la espera de dichas resoluciones para saber a que atenernos ya que la nueva ley es toda una incognita en dicho aspecto, tan solo desearle a los compañeros suerte en las resoluciones de sus expedientes saludos

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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

02 Abr 2008 23:52 - 02 Abr 2008 23:54
#3
Administrador se puede saber en concreto los sitios o lugares de Andalucía, donde han sido denunciado.

A igual que el amigo ROJILLO, espero que la resolución de los expedientes sean favorables a los compañeros de afición.

Un Saludo.
Última Edición: 02 Abr 2008 23:54 por urta_60.

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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 00:03
#4
Parece ser que una de las playas es la de La Barrosa en Chiclana (Cádiz), según un post que hay en Quejas y Denuncias del amigo RAFA47.

Un Saludo.

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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 00:19
#5
Efectivamente, una es la de la barrosa, otra en la herradura (granada) y la otra en un pueblo de granada que no recuerdo.

Saludos.

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  • Torete
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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 09:23
#6
El otro pueblo es Beznar (Granada).

Las dos denuncias de Granada estan sobre la mesa del despacho de arqueologia de la delegacion de cultura (Granada) pendientes de la direccion que tomaran, sancion administrativa o fiscalia.

un saludo.

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  • buscachapas
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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 17:17
#7
hola,este es mi primer mensaje en el foro. y lo de que de denuncien en la playa no es nuevo, en la comunidad valenciana se de un caso de un colega que esta metido en un lio del copon por buscar en playas.
un saludo

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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 17:35
#8
Amigo BUSCACHAPAS, no se como estará la legislación en la zona de Valencia, lo que si te puedo decir es que hasta antes de que saliera en el BOJA nº248 de 19 de Diciembre de 2007, la ley 14/2007 de 26 de Noviembre, (artº60 en la pág.19)no había problemas en las playas de la costa del Atlántico, pues yo personalmente tengo un escrito de Dirección de Costas en Andalucía-Atlántico,(que es quien tenía jurisdicción en la playa), a mi nombre en el cuál la utilización de un detector de metales en la playas de la provincia de Cádiz se trata de un uso común libre artº59.1 del Reglamento General para el Desarrollo y Ejecución de la Ley de Costas (B.O.E. 12.12.1989). Claro está no estando en las horas muy concurridas de la temporada de explotación de playas, para evitar molestias a los usuarios, y tampoco te ibas a ir a la playa de Bolonia, que están los restos arqueológicos a pie de playa.

Un Saludo.

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  • buscachapas
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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

03 Abr 2008 21:25
#9
urta-60 eso esta claro,pero el problema es que no te puedes quedar lo que te encuentras,lo tienes que entregar en las oficinas de capitania maritima,entonces si te cogen cosas de la playa te pueden acusar de apropiacion indebida que es lo que le paso al colega .
un saludo

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  • anubis
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Re: Re: Primeras denuncias en Andalucía

04 Abr 2008 08:59
#10
Para quien no sepa lo que dice el BOJA en su artícula 60, aquí le dejo su contenido:

Artículo 60. Autorización del uso de detectores y otros ins-trumentos.1. El uso de detectores de metales u otras herramientas o técnicas que permitan localizar restos arqueológicos, aun sin ser ésta su finalidad, deberá ser autorizado por la Conse-jería competente en materia de patrimonio histórico. Podrán eximirse de esta autorización los usos que se establezcan re-glamentariamente.2. La persona interesada deberá presentar solicitud en la que indicará el ámbito territorial y fecha o plazo para el uso de detectores de metales u otras herramientas y demás requisi-tos que se establezcan reglamentariamente.3. La autorización deberá ser resuelta y notificada en el plazo de tres meses. Transcurrido dicho plazo, la persona inte-resada podrá entender desestimada la solicitud.4. La autorización se otorgará con carácter personal e in-transferible, debiendo indicarse el ámbito territorial y la fecha o plazo para su ejercicio. La administración comunicará esta autorización a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Segu-ridad.5. En todo caso, cuando con ocasión de la ejecución del uso o actividad autorizados se detectara la presencia de res-tos arqueológicos de cualquier índole, la persona autorizada suspenderá de inmediato el uso o actividad autorizados, se abstendrá de realizar remoción del terreno o intervención de cualesquiera otra naturaleza y estará obligada a dar cono-cimiento, antes del término de veinticuatro horas, a la Con-sejería competente en materia de patrimonio histórico o al Ayuntamiento del término en el que se haya detectado el resto arqueológico, o, en su defecto, a la dependencia más próxima de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.6. En los hallazgos a que se refiere el apartado 5, no ha-brá derecho a indemnización ni a premio alguno.7. Los Estatutos de las asociaciones y demás entidades con personalidad jurídica propia entre cuyos fines se encuen-tre la detección de objetos, metálicos o de cualquier otra natu-raleza, que se encuentren en el subsuelo deberán recoger, de forma expresa, la obligatoriedad de obtener la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para la localización de restos arqueológicos.

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