Hola José:
Y gracias por tu comentario, además de las preguntas que expones.
En roimer lugar, en ningún párrafo de mis intervenciones, podrás entresacar que la práctica esté prohibida, mucho menos "totalmente prohibido", simplemente, "regulada". La diferencia es bien diferente. Regulado está el uso de armas, la pesca y otras muchas aficiones, deportes y casi todo tipo de actividades dentro del territorio español e, igualmente en Reino Unnido, Francia, Portugal, etc. Cada cual con sus restricciones o prohibiciones. Repito que en España no está prohibido, solo regulado.
Por desgracia, a día de hoy me es prácticamente imposible sacar tiempo para detectar, pero claro que lo he hecho, con autorización por escrito de la Administración Pública, en nuestro caso dentro del territorio andaluz, de la Delegación Provincial de Cultura de la Junta de Andalucía, allá donde indican en dicho permiso, esto es, en determinadas playas de la provincia de Málaga. Así puedes ver que no está prohibido, sino regulado.
Para ver hasta dónde han llegado las denuncias, solo tienes que abrir el buscador de Gogle y ver que, algunas, hasta las últimas consecuencias, llegando hasta los tribunales. Después hay otras denuncias que llegan al decomiso del detector por un tiempo y/o multas. Todo depende de la actividad realizada. no es lo mismo detectar sin permiso en un parque que en medio de un bosque, protegido además por otras leyes, como espacios naturales.
Cada uno es libre de interpretar las leyes, pero el desconocimiento de las mismas no exime de su cumplimiento. Esto quiere decir que puedes leer diferentes cosas en otros espacios, puede que otras fuentes contradigan completamente lo que aquí se expone e, incluso, encuentres gran cantidad de vídeos con gente detectando donde les da la real gana, pero eso no quere decir que un día se encuentren con la horma de su zapato y que la Guardia Civil o los Agentes Forestales, hagan su trabajo y les ampapelen. Como entendemos que todo el mundo realiza legalmente la actividad, por supuesto que aquí o en otros foros, existe la posibilidad de quedar para detectar. a pesar de que alguien lo pueda pensar, no prejuzgamos a nadie, solo los hechos probados. Y, como norma general, no hay nada al respecto de medidas, distancias u otras milongas que hagan ver que existe algún punto de España en el que se pueda detectar libremente. siempre será necesaria la autorización por escrito de la Administración Pública para detectar. Tampoco vale eso de "un guardia me ha dicho", "el señor de la oficina tal dice" o "mi primo tiene permiso del dueño del terreno".
¿Qué deemos hacer en caso de querer detectar en un terreno público o privado? Aportar la autorización del propietario, adjuntando el título de propiedad donde aparece el nombre del propietario, una nota descriptiva y gráfica catastral firmada por el mismo, la motivación de la búsqueda y, por último, la o las fechas y horas en las que se realizará. si existe una motivación fundada, no tienen por qué negar la autorización. Fundada quiere decir que no sea porque estoy aburrido y quiero echar un rato en el campo, sino que estamos verdaderamente intentando localizar un objeto importante que hemos perdido o intentamos localizar: un anillo, un reloj, una arqueta de riego o una conducción de agua antigua. Por lo general, por cualquier otro asunto lúdico será denegado.
Repito, la ley se puede interpretar. Cada cual es libre de hacerlo, pero están muy claros los preceptos expuestos en las leyes de patrimonio nacional y autonómicas. Y de esa forma actuarán los cuerpos de seguridad del Estado al observar cualquier ilícito.
Y, por supuesto, aquí no somos ninguno el oráculo del conocimiento. Si existe cualquier ley nacional en la que se describan esos espacios donde poder detectar sin autorización (más allá de la comunidad valenciana), en la que se expresen metros, kilómetros o leguas separadas de un BIC o cualquier otro tipo yacimiento no BIC, que por favor, me lo haga saber. Sería de mucho interés.
Saludos desde Málaga.