ATENCIÓN NUEVOS USUARIOS
Si eres nuevo usuario de este foro, recuerda que tus mensajes no se aprobarán hasta que no pases por la sección ME PRESENTO del foro.
cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
- Chavalín
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Sancionado
-
- Mensajes: 28
- Gracias: 10
cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
27 Ene 2015 15:01
Saludos compañeros;
Bueno, os dejo un recorte de una revista que compramos en casa desde hace muchos años. Esta revista en concreto tiene una parte para resolver dudas legales, donde el abogado que colabora con esta revista responde a los lectores. Es de hace tres semanas. La he escaneado para compartir aquí en el foro. No dudo de que lo hubiesen encontrado semi enterrado, es muy posible que lo encontraran con detectores, pero claro :whistle:
, ya sabemos de sobra que problemas podría ocasionarle esto, de todas formas es una opinión personal.
Bueno, os dejo un recorte de una revista que compramos en casa desde hace muchos años. Esta revista en concreto tiene una parte para resolver dudas legales, donde el abogado que colabora con esta revista responde a los lectores. Es de hace tres semanas. La he escaneado para compartir aquí en el foro. No dudo de que lo hubiesen encontrado semi enterrado, es muy posible que lo encontraran con detectores, pero claro :whistle:
, ya sabemos de sobra que problemas podría ocasionarle esto, de todas formas es una opinión personal.
Esta imagen esta oculta a usuarios invitados.
Por favor, inicie sesión o regístrese para verla.
Por favor, inicie sesión o regístrese para verla.
El siguiente usuario dijo gracias: Frisco52
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- administrador
-
- Fuera de línea
- Administrador
-
Re: cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
27 Ene 2015 15:17 - 27 Ene 2015 15:20
En este caso, no sería de aplicación el Código Civil, sino que habría que dirigirse a lo que establece la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, en lo referente a hallazgos casuales de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.
Art. 44. 1. Son bienes de dominio público todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del Patrimonio Histórico Español y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra u obras de cualquier índole o por azar. El descubridor deberá comunicar a la Administración competente su descubrimiento en el plazo máximo de treinta días e inmediatamente cuándo se trate de hallazgos casuales. En ningún caso será de aplicación a tales objetos lo dispuesto en el artículo 351 del Código Civil.
2. Una vez comunicado el descubrimiento, y hasta que los objetos sean entregados a la Administración competente, al descubridor le serán de aplicación las normas del depósito legal, salvo que los entregue a un Museo público.
3. El descubridor y el propietario del lugar en que hubiere sido encontrado el objeto tienen derecho; en concepto de premio en metálico, a la mitad del valor que en tasación legal se le atribuya, que se distribuirá entre ellos por partes iguales. Si fuesen dos o más los descubridores o los propietarios, se mantendrá igual proporción.
4. El incumplimiento de las obligaciones previstas en los apartados 1 y 2 de este
artículo privará al descubridor y, en su caso, al propietario del derecho al premio indicado y los objetos quedarán de modo inmediato a disposición de la Administración competente, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar y las sanciones que procedan.
La verdad es que no deja de asombrarme que un profesional de las leyes, desconozca ciertos aspectos de las mismas, o simplemente, que se aventure a dar respuestas erróneas, por no molestarse lo más mínimo en contrastar si lo que dice es cierto o no. Menos mal que para esto, estoy yo.
Art. 44. 1. Son bienes de dominio público todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del Patrimonio Histórico Español y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra u obras de cualquier índole o por azar. El descubridor deberá comunicar a la Administración competente su descubrimiento en el plazo máximo de treinta días e inmediatamente cuándo se trate de hallazgos casuales. En ningún caso será de aplicación a tales objetos lo dispuesto en el artículo 351 del Código Civil.
2. Una vez comunicado el descubrimiento, y hasta que los objetos sean entregados a la Administración competente, al descubridor le serán de aplicación las normas del depósito legal, salvo que los entregue a un Museo público.
3. El descubridor y el propietario del lugar en que hubiere sido encontrado el objeto tienen derecho; en concepto de premio en metálico, a la mitad del valor que en tasación legal se le atribuya, que se distribuirá entre ellos por partes iguales. Si fuesen dos o más los descubridores o los propietarios, se mantendrá igual proporción.
4. El incumplimiento de las obligaciones previstas en los apartados 1 y 2 de este
artículo privará al descubridor y, en su caso, al propietario del derecho al premio indicado y los objetos quedarán de modo inmediato a disposición de la Administración competente, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar y las sanciones que procedan.
La verdad es que no deja de asombrarme que un profesional de las leyes, desconozca ciertos aspectos de las mismas, o simplemente, que se aventure a dar respuestas erróneas, por no molestarse lo más mínimo en contrastar si lo que dice es cierto o no. Menos mal que para esto, estoy yo.
Última Edición: 27 Ene 2015 15:20 por administrador.
El siguiente usuario dijo gracias: Frisco52, Chavalín
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Naldrin
-
- Navegador Iniciado
-
- Gracias: 0
Re: cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
29 Ene 2015 01:50
Bueno, supongo que el abogado no consideró necesario hacer una investigación muy exhaustiva, habida cuenta del medio por el cual le hacen llegar la consulta, algo del estilo "Total, voy a cobrar igual haga lo que haga..."
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Chavalín
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Sancionado
-
- Mensajes: 28
- Gracias: 10
Re: cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
29 Ene 2015 01:54
Si, no se mató mucho el hombre, además tendrá un máximo de lineas, sino le haría falta la revista entera.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Frisco52
-
- Fuera de línea
- Moderador
-
- Mensajes: 1484
- Gracias: 319
Re: cofre "semi enterrado" con monedas de oro y plata en Córdoba.
31 Ene 2015 10:40 - 31 Ene 2015 10:42
Lo de medio enterrado se puede corresponder perfectamente con algún deslizamiento de tierras producido en época lluviosa, y exponiendo al descubierto lo que haya estado ( durante mucho tiempo ) profundamente sepultado.
Yo he podido contemplar personalmente ese fenómeno, cuando he visto cómo restos de antiguas estructuras que estaban hundidas de uno a dos metros de profundidad, salían a la luz al deslizarse la tierra de una ladera después de unas intensas lluvias de otoño.
Saludos Cordiales desde el Sur
Yo he podido contemplar personalmente ese fenómeno, cuando he visto cómo restos de antiguas estructuras que estaban hundidas de uno a dos metros de profundidad, salían a la luz al deslizarse la tierra de una ladera después de unas intensas lluvias de otoño.
Saludos Cordiales desde el Sur
“Ser detectorista no es un oficio…es ser espía de los Metales y sus secretos”
Última Edición: 31 Ene 2015 10:42 por Frisco52.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Moderadores: papix, mafeval
Tiempo de carga de la página: 0.251 segundos