ATENCIÓN NUEVOS USUARIOS
Si eres nuevo usuario de este foro, recuerda que tus mensajes no se aprobarán hasta que no pases por la sección ME PRESENTO del foro.
En Almería dan autorización en playas para 3 años
- administrador
-
- Fuera de línea
- Administrador
-
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
17 Mar 2026 23:52
Aquí en cierta medida topamos con una contradicción que debería resolverse bien a través del Defensor del Pueblo, o bien en un recurso contencioso administrativo. Si se acepta cómo válido que existe una extralimitación de competencias, al prohibir con carácter general el uso lúdico de un detector de metales, en ámbitos en los que al no existir afección patrimonial (según los propios informes técnicos de cultura) ellos no son competentes para prohibir, en ese caso tampoco lo serían para autorizar ese uso, y en todo caso, habría que dirigirse a costas. Mi enhorabuena, un magnífico trabajo!! Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: Muten
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Muten
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Navegador Iniciado
-
- Mensajes: 25
- Gracias: 4
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
21 Mar 2026 12:06
Ojito a la cagada que han cometido a la hora de responderme el recurso de alzada anterior, el que hice hace tiempo (no el actual). En la resolución, en la parte final, han puesto:
RESUELVO
INADMITIR el denominado recurso de alzada interpuesto por D. A***** M****** J*******, en nombre
propio, contra el oficio informativo de fecha 15 de julio de 2025 de la Secretaría General Provincial de
Almería por el que se le remite respuesta a su solicitud de revisión del artículo 60 de la Ley 14/2007 de
Patrimonio Histórico de Andalucía, por tratarse de un acto no susceptible de recurso conforme a lo
determinado en el artículo 116 c) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Vamos que han puesto el nombre de una persona que no soy yo.
Esto si llegara finalmente a un juzgado es un caramelito para alegar vicio de nulidad por vulnerar el deber de examen individualizado y el principio de seguridad jurídica, y de la LOPD.
RESUELVO
INADMITIR el denominado recurso de alzada interpuesto por D. A***** M****** J*******, en nombre
propio, contra el oficio informativo de fecha 15 de julio de 2025 de la Secretaría General Provincial de
Almería por el que se le remite respuesta a su solicitud de revisión del artículo 60 de la Ley 14/2007 de
Patrimonio Histórico de Andalucía, por tratarse de un acto no susceptible de recurso conforme a lo
determinado en el artículo 116 c) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Vamos que han puesto el nombre de una persona que no soy yo.
Esto si llegara finalmente a un juzgado es un caramelito para alegar vicio de nulidad por vulnerar el deber de examen individualizado y el principio de seguridad jurídica, y de la LOPD.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Muten
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Navegador Iniciado
-
- Mensajes: 25
- Gracias: 4
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
10 Jun 2026 11:05
Bueno pues me ha llegado esta mañana la resolución del recurso de alzada, para sorpresa de nadie desestimada..
Al haber agotado ya la vía administrativa, ahora ya sí voy a Defensor del Pueblo Andaluz con toda la documentación. Cosas a destacar de esta notificación:
-Se vuelven a equivocar de nombre.
-Admiten la tesis de la competencia sectorial, pero la retuercen: Admiten que el artículo 60 prohíbe el uso "con carácter general" incluso si la finalidad no es buscar restos arqueológicos. Al reconocer esto, me están dando la razón: están usando una Ley de Patrimonio Histórico para prohibir de forma absoluta una actividad recreativa ciudadana en zonas donde ellos mismos certificaron que no existe patrimonio.
-Dedican casi toda la página 2 y 3 a justificar que mi recurso fue válido aunque lo presentara el mismo día de la notificación, cita jurisprudencia del TSJ de Galicia, y encima me dicen: “el recurso administrativo no se ha establecido para proteger a la Administración, sino como una garantía de los ciudadanos”. Pues esa misma frase la usaré en su contra con el defensor.
Saludos.
Al haber agotado ya la vía administrativa, ahora ya sí voy a Defensor del Pueblo Andaluz con toda la documentación. Cosas a destacar de esta notificación:
-Se vuelven a equivocar de nombre.
-Admiten la tesis de la competencia sectorial, pero la retuercen: Admiten que el artículo 60 prohíbe el uso "con carácter general" incluso si la finalidad no es buscar restos arqueológicos. Al reconocer esto, me están dando la razón: están usando una Ley de Patrimonio Histórico para prohibir de forma absoluta una actividad recreativa ciudadana en zonas donde ellos mismos certificaron que no existe patrimonio.
-Dedican casi toda la página 2 y 3 a justificar que mi recurso fue válido aunque lo presentara el mismo día de la notificación, cita jurisprudencia del TSJ de Galicia, y encima me dicen: “el recurso administrativo no se ha establecido para proteger a la Administración, sino como una garantía de los ciudadanos”. Pues esa misma frase la usaré en su contra con el defensor.
Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: administrador
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- administrador
-
- Fuera de línea
- Administrador
-
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
10 Jun 2026 11:13 - 10 Jun 2026 11:16
Pues entonces, tal y como argumentaba, estamos en lo cierto, y en algún punto del camino van a tener que echar atrás y admitir el error; no pueden prohibir con carácter general desde una ley sectorial que restringe su ámbito de actuación al patrimonio histórico. GRACIAS POR TUS IMPECABLES GESTIONES!! Un saludo.
Última Edición: 10 Jun 2026 11:16 por administrador.
El siguiente usuario dijo gracias: Muten
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Muten
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Navegador Iniciado
-
- Mensajes: 25
- Gracias: 4
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
21 Jun 2026 09:48
El Defensor del Pueblo Andaluz ha tardado poco en cerrarme la queja. Me dice que efectivamente hay errores en los nombres, pero se lava las manos diciendo que si la Junta me llama por otro nombre, que vaya a la propia Junta a pedir una aclaración. El Defensor se pone de parte de la Junta. Me dice que considera que ser permisivos no funciona y que la prohibición total es lo que hace falta para proteger la arqueología. Básicamente se alinea con la tesis oficial vamos. Me remiten a una regulación futura: mencionan que el artículo 60.2 e) abre la puerta a que en el futuro se regule algún tipo de excepción por reglamento, y me sugiere que espere a ver qué pasa.
Solo quedan 3 opciones:
1. Esperar a la buena voluntad de los técnicos y los políticos de la Junta y ver qué hacen con el reglamento.
2. Ir al Defensor del Pueblo a nivel nacional. Es muy posible que me digan que eso ya lo resolvió el DPA, tendría que enfocarlo de otra manera pero por lo menos es gratis.
2. Ir a los tribunales. Obviamente yo no puedo hacer frente a ese gasto yo solo, y además el reloj corre: tengo hasta el 9 de agosto para denunciar esto.
Solo quedan 3 opciones:
1. Esperar a la buena voluntad de los técnicos y los políticos de la Junta y ver qué hacen con el reglamento.
2. Ir al Defensor del Pueblo a nivel nacional. Es muy posible que me digan que eso ya lo resolvió el DPA, tendría que enfocarlo de otra manera pero por lo menos es gratis.
2. Ir a los tribunales. Obviamente yo no puedo hacer frente a ese gasto yo solo, y además el reloj corre: tengo hasta el 9 de agosto para denunciar esto.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Muten
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Navegador Iniciado
-
- Mensajes: 25
- Gracias: 4
Re: En Almería dan autorización en playas para 3 años
03 Jul 2026 10:05
Pues nada en el Defensor del Pueblo a nivel nacional también me lo han desestimado por "duplicidad". Había que intentarlo. Ya solo queda lo contencioso-administrativo.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Moderadores: papix, mafeval
Tiempo de carga de la página: 0.270 segundos